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Divorcio Express en Llodio 89€ por Cónyuge.
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Sin Hijos
89€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador e inscripción en el registro civil.
Con Hijos
195€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador, convenio regulador y registro civil.
Con bienes que repartir
+125€ adicionales por cónyuge. En muchas ocasiones no es necesario liquidar.
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Divorcio Exprés en Llodio: Lo Imprescindible.
¿Se puede liquidar la sociedad ganancial en el momento del divorcio en un divorcio exprés en Llodio? Si, se puede, y en lo posible, es recomendable hacerlo puesto que de no hacerlo ahora, deberá acudir más tarde a un Notario con el gasto que supone o bien en el caso de que exista disconformodidad, a un procedimiento judicial. Ahora bien, es posible que los esposos no quieran discutir sobre el reparto de recursos en el instante de su divorcio y lo pospongan para un situación ulterior. Hasta que ese momento llegue, como hemos indicado, va a existir una comunidad de recursos post-ganancial que se regirá por las reglas establecidas en las comunidades de tipo germánico, lo que supone, que de no estar de acuerdo en la venta de algún bien, este no podrá llevarse a cabo. Esto es, no es posible vender “la parte de cada uno” sin que el otro esté conforme.
¿Hasta cuándo se abona la pensión alimenticia en un divorcio express en Llodio? La obligación alimenticia para con los menores es recíproca y va mucho más allá de la mayoría de edad. Se entiende que debe proseguir la pensión a favor de los hijos hasta el momento en que estos alcancen la independencia económica, se establece como margen límite admitido los 26 años, mas puede prolongarse en aquellos casos formativos de larga duración o acortarse por falta compromiso con los estudios o bien el trabajo del ya mayor de edad. Es imprescindible que el mayor de edad continúe residiendo con algún progenitor, o bien extraordinariamente con algún otro familiar de manera justificada (por servirnos de un ejemplo con los abuelos por proximidad al lugar de estudios).
¿Qué profesionales intervienen necesariamente en un divorcio exprés en Llodio? El abogado:es indispensable, lleva la dirección técnica del proceso, si estamos ante un divorcio de acuerdo mutuo, el letrado puede ser el mismo para las dos partes, lo que ahorra el proceso. El procurador: es el representante de las de los esposos en el proceso, es necesario, como sucede con el letrado, si estamos ante un divorcio de mutuo acuerdo puede compartirse reduciendo importantemente el precio final del proceso. El Juez: interviene en los procedimientos en los que existen hijos menores o mayores de edad pero incapacitados judicialmente. El Fiscal: actúa emitiendo un informe cuando existen menores o mayores incapacitados judicialmente, su informe no es vinculante pero es considerado de un enorme peso en el momento de condicionar la opinión del juez. Secretario Judicial: interviene en los procesos en los que no existen menores o mayores incapacitados judicialmente. Notario: desde el 2015 existe la posibilidad de divorciarse por Notario si no existen menores o bien mayores incapacitados judicialmente.
¿Cuánto tarda un divorcio exprés en Llodio? Puede suceder que estemos ante un proceso de acuerdo mutuo o bien ante un proceso contencioso, las diferencias son sustanciales en todos los aspectos. En caso de que estemos ante un divorcio de acuerdo mutuo puede gestionarse el proceso completo ya antes de 3 meses, en algunos casos sencillos (sin hijos ni bienes comunes) incluso mucho antes. En un divorcio contencioso, la tramitación no acostumbra a ser inferior a los 9 meses. En todo caso, el tiempo de resolución de un procedimiento de divorcio depende de la carga del juzgado donde recaiga el asunto. Hay juzgado más ágiles y otros más lentos. Esto en ningún caso dependerá ni del procurador ni del abogado puesto que el juzgado no se puede escoger, se designa por reparto dentro de los que actúen en la demarcación judicial correspondiente.
¿Qué pasa si desea hacer un divorcio express en Llodio aunque mi esposa o esposo radica en otra provincia o bien incluso en el extranjero? Si su esposa o esposo vive en otra provincia y le resulta gravoso su desplazamiento para ratificar un divorcio amistoso, se puede pedir el auxilio judicial y rogarle al juzgado que conozca el asunto que remita un exhorto al juzgado del domicilio de la otra parte para que esta ratifique en su lugar de residencia. Si su esposa o esposo reside en el extranjero, puede expedir un poder en favor del procurador a fin de que este le represente en el instante de la ratificación, el citado poder tiene que ser singular y se pide en la sección de Notariado del Consulado más próximo al lugar de residencia del esposo en el extranjero.
¿Cómo se acredita un divorcio en Llodio? Un divorcio se puede acreditarse con un certificado de matrimonio en el que figure (como inscripción lateral del mismo) la disolución del matrimonio. En algunos casos será suficiente con la sentencia, decreto o escritura de divorcio (según la emita un magistrado, un secretario judicial o un notario). Igual ocurre en el supuesto de que se quiera acreditar una separación previa. El divorciado no vuelve a ser soltero, puesto que legalmente, soltero es el que nunca ha contraído matrimonio. Su estado civil, por lo tanto, es el de divorciado.
¿Se puede realizar un divorcio amistoso si existen o han existido procedimientos de violencia de género entre los esposos? Sí, pero si la instrucción del trámite de violencia de género está abierta, la competencia recaerá en el mismo juzgado que la esté conociendo, no pudiendo por ende, instruirse en los juzgados de primera instancia.
¿Se puede convivir con otra persona en el domicilio asignado judicialmente en un proceso de divorcio en Llodio?: Cabe que se haya pactado en el convenio regulador la atribución del empleo y disfrute de domicilio conyugal, supeditado a la no ocupación de exactamente la misma por otras personas. En este caso, incumplido este condicionante por el cónyuge o conviviente adjudicatario del empleo al estar conviviendo con tercera persona en la vivienda en cuestión, el interesado puede comenzar la ejecución de sentencia de obligación de no realizar (Ley de Enjuiciamiento Civil art.710), debiéndosele requerir a fin de que deshaga lo mal hecho, es decir, para que termine la convivencia de tercero en el hogar, con indemnización por daños y perjuicios causados, en su caso. Debe tenerse presente que, si el condenado a no realizar alguna cosa quebranta la sentencia, va a ser requerido a instancia del ejecutante por la parte del letrado de la Administración de Justicia a fin de que deshaga lo mal hecho, si fuera posible, o a fin de que indemnice los daños y perjuicios ocasionados, con apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad judicial (Ley de Enjuiciamiento Civil art.710.1).
¿Dónde se presenta una demanda de divorcio express en Llodio? Si estamos ante un divorcio de mutuo acuerdo, se puede escoger presentar la demanda en el domicilio de cada uno de los esposos o bien el de la última residencia familiar, por ende, podríamos estar en la situación de poder elegir entre tres domicilios diferentes si las partes ya no viven en la que fuera su vivienda familiar. Si por el contrario estamos frente a un divorcio no amistoso (que no es de mutuo acuerdo) se presenta en el partido judicial del domicilio del último domicilio conyugal o bien el del domicilio del esposo demandado, si desconocemos por completo la dirección del esposo demandado, se debe pedir al juzgado la indagación del domicilio a efectos de comunicación del procedimiento. En el caso de que no se le encuentre, se declarará la rebeldía del del esposo demandado y el procedimiento seguirá con las especialidades de esta institución.
¿A quién se atribuye el domicilio familiar en un divorcio exprés en Llodio? La legislación de aplicación establece que si existen hijos menores, el domicilio familiar debe atribuirse a ellos y al cónyuge con quien estos queden en custodia. Si no hay hijos menores, va a ser para aquel cuya situación sea más vulnerable, siempre y en todo momento de manera excepcional y temporal. En los procesos de mutuo acuerdo, las partes son libres de negociar sobre esta materia, a menos que el Juez estime que los acuerdos son dañosos para los hijos, en cuyo caso, otorgará un plazo de diez días para que las partes cambien el convenio regulador y en caso de no hacerlo, el Juez dispondrá lo que mejor considere para los hijos.
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