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Divorcio Exprés Catral 89€ por Cónyuge.

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Sin Hijos

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89€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador e inscripción en el registro civil.

Con Hijos

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195€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador, convenio regulador y registro civil.

Con bienes que repartir

divorcio express

+125€ adicionales por cónyuge. En muchas ocasiones no es necesario liquidar.

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    Divorcio Express en Catral: Lo Esencial.

    ¿Qué documentos hacen falta para tramitar un divorcio express en Catral? En un divorcio contencioso van a hacer falta todos los documentos que precisos para probar lo que se proponga en la demanda (custodia monoparental, solicitud de pensión alimentcia, petición de pensión compensatoria, atribución de la residencia etc. En un proceso de mutuo acuerdo harán falta estos documentos: certificado de matrimonio, certificado de empadronamiento y certificado de nacimiento de los hijos en caso de que existan, aun siendo mayores de edad o bien habiendo fallecido. También es necesario aportar un convenio regulador con el contenido mínimo establecido en el artículo noventa del código civil. En el caso de Cataluña, es necesario incluir en el citado convenio regulador un plan de parentabilidad.

    ¿Es posible convivir con otra persona en el domicilio asignado judicialmente en un proceso de divorcio en Catral?: Es posible que se haya pactado en el convenio regulador la atribución del uso y disfrute de domicilio conyugal, condicionado a la no ocupación de la misma por otras personas. En esta situación, infringido este extremo por el esposo o conviviente adjudicatario del uso al estar conviviendo con tercera persona en el domicilio en cuestión, el interesado puede iniciar la ejecución de sentencia de obligación de no hacer (Ley de Enjuiciamiento Civil art.710), debiéndosele solicitar para que deshaga lo mal hecho, esto es, a fin de que termine la convivencia de tercero en la citada residencia, con indemnización por daños y perjuicios causados, en su caso. Debe tenerse en cuenta que, si el condenado a no hacer alguna cosa quebranta la resolución juidicial, será requerido a instancia del ejecutante por la parte del letrado de la Administración de Justicia a fin de que deshaga lo mal hecho, si fuera viable, o para que indemnice los daños y perjuicios ocasionados, con apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad judicial (LEC art.710.1).

    ¿Qué es un divorcio express en Catral? El término puede llevar a equívoco, no se denomina divorcio exprés por su velocidad de tramitación sino por el hecho de que desde la reforma del dos mil cinco ya no hace falta estar separado un tiempo para acceder al divorcio, o sea que, desde la reforma del dos mil cinco se puede acceder de manera directa a la petición de divorcio sin pasar por la separación legal previa como ocurría con anterioridad a la citada reforma.

    ¿Qué diferencia existe entre disolver y liquidar la sociedad ganancial en un divorcio express en Catral? La sociedad ganancial se disuelve por divorcio, separación, nulidad, fallecimiento de ciertas partes o porque los cónyuges establezca por capitulaciones otro régimen económico. Ahora bien, una cosa es que la sociedad ganancial se disuelva, que implica que no pueden vincularse a la misma bienes o bien deudas a que los recursos y deudas que tuviesen la citada sociedad ganancial se repartan. Al reparto se le llama “liquidación”. Por ende, desde el divorcio (que, como hemos dicho disuelve la sociedad ganancial) hasta la liquidación de la misma, hay una comunidad pos-ganancial.

    ¿Cúal es la diferencia entre la separación y el divorcio? En la separación, la relación matrimonial queda en suspenso por lo que las obligaciones entre los cóonyuges se interrumpen temporalmente, siendo posible en el futuro reconciliarse y seguir con su matrimonio. En el divorcio, la relación matrimonial se extingue totalmente y no es posible una reconciliación, deberían contraer nuevamente, otro matrimonio.

    ¿Se puede liquidar la sociedad ganancial en el instante del divorcio en un divorcio exprés en Catral? Si, se puede, y dentro de lo posible, es recomendable hacerlo puesto que de no hacerlo ahora, deberá asistir más tarde a un Notario con el gasto que supone o caso de que exista desacuerdo, a un procedimiento judicial. Ahora bien, es posible que los esposos no deseen discutir sobre el reparto de recursos en el instante de su divorcio y lo posterguen para un momento ulterior. Hasta el momento en que ese instante llegue, como hemos indicado, existirá una comunidad de recursos pos-ganancial que se regirá por las condiciones establecidas en las comunidades de tipo germánico, lo que supone, que de no estar de acuerdo en la venta de algún bien, este no podrá llevarse a cabo. O sea, no es posible vender “la una parte de cada uno” sin que el otro lo haga.

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