Laborconsulting Abogados

Divorcio Express en Brea de Aragón 89€ por Cónyuge.

Si va a divorciarse de forma amistosa en Brea de Aragón valore nuestra oferta a partir de 89€ por cónyuge, todo incluido. Letrados Colegiados. Prestamos servicio en Brea de Aragón y en toda España.

Sin Hijos

divorcio express

89€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador e inscripción en el registro civil.

Con Hijos

divorcio express

195€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador, convenio regulador y registro civil.

Con bienes que repartir

divorcio express

+125€ adicionales por cónyuge. En muchas ocasiones no es necesario liquidar.

Solicítenos información

Se la enviaremos a la mayor brevedad por correo electrónico



    Laborconsulting Abogados

    Divorcio Exprés en Brea de Aragón: Lo Imprescindible.

    ¿Se puede liquidar la sociedad ganancial en el momento del divorcio en un divorcio express en Brea de Aragón? Si, se puede, y en la medida de lo posible, es recomendable hacerlo pues de no hacerlo en este momento, deberá asistir posteriormente a un Notario con el gasto que supone o en el caso de que exista disconformodidad, a un proceso judicial. Ahora bien, puede que los esposos no quieran discutir sobre el reparto de bienes en el momento de su divorcio y lo pospongan para un situación ulterior. Hasta que ese instante llegue, como hemos indicado, existirá una comunidad de recursos pos-ganancial que se regirá por las condiciones establecidas en las comunidades de tipo germánico, lo que supone, que de no estar de acuerdo en la venta de algún bien, este no va a poder hacerse. O sea, no es posible vender “la parte de cada uno” sin que el otro acepte tal transacción.

    ¿Qué significa estar casado en régimen de bienes gananciales en un divorcio express en Brea de Aragón? Significa que, desde el matrimonio, todos los bienes, derechos, obligaciones o deudas serán comunes (de la propia sociedad ganancial), salvo prueba en contra. Este régimen económico se aplica por defecto en toda España dónde no rige el derecho foral. Hay Comunidades Autónomas que tienen un derecho foral propio y han alterado el régimen económico por defecto, como son Cataluña y Baleares.

    ¿Dónde se presenta una demanda de divorcio de mutuo acuerdo en Brea de Aragón? Si estamos ante un divorcio de mutuo acuerdo, se puede seleccionar presentar la demanda en el lugar de residencia de cada uno de los esposos o bien el de la última residencia familiar, por ende, podríamos estar en la situación de poder elegir entre tres domicilios distintintos si las partes ya no residen en la que fuera su vivienda familiar. Si por el contrario estamos ante un divorcio contencioso (que no es de mutuo acuerdo) se presenta en el partido judicial del domicilio del último domicilio conyugal o el del domicilio del esposo demandado, si desconocemos por completo la dirección del esposo demandado, se debe pedir al juzgado la indagación del domicilio a efectos de notificación del proceso. En el supuesto de que no se le encuentre, se declarará la rebeldía del del esposo demandado y el procedimiento seguirá con las especialidades de la rebeldía.

    ¿Cúal es la diferencia entre la separación y el divorcio? En la separación, la relación marital queda en suspenso con lo que las obligaciones entre los esposos se interrumpen temporalmente, pudiendo en el futuro reconciliarse y seguir con su matrimonio. En el divorcio, la relación marital se extingue totalmente y es imposible una reconciliación, deberían contraer de nuevo, otro matrimonio.

    ¿Qué documentos hacen falta para tramitar un divorcio express en Brea de Aragón? En un divorcio contencioso van a hacer falta todos los documentos que sean necesarios para acreditar lo que se plantee en la demanda (custodia monoparental, petición de pensión de alimentos, requerimiento de pensión compensatoria, atribución de la vivienda etc. En un proceso de acuerdo mutuo harán falta estos documentos: certificado de matrimonio, certificado de empadronamiento y certificado de nacimiento de los hijos caso de que existan, aun siendo mayores de edad o habiendo fallecido. Asimismo es necesario aportar un convenio regulador con el contenido indispensable establecido en el artículo noventa del código civil. En el caso de Cataluña, es necesario incluir en el citado convenio regulador un plan de parentabilidad.

    ¿Desde cuándo tienen efecto las medidas de un divorcio exprés en Brea de Aragón? En los divorcios amistosos desde el momento en que las partes lo negocien, si no concretan nada, será desde la fecha de la sentencia. Por el contrario, en los divorcios no amistosos desde la expedición de la sentencia salvo la pensión de alimentos a favor de los menores que se devenga desde la presentación de la demanda.

    ¿De qué forma se acredita un divorcio en Brea de Aragón? Un divorcio se puede acreditarse con un certificado de matrimonio en el que figure (como inscripción lateral del mismo) la disolución del matrimonio. En algunos casos será suficiente con la sentencia, decreto o escritura de divorcio (según la emita un juez, un secretario judicial o un notario). Igual ocurre en el caso de que se quiera acreditar una separación previa. El divorciado no vuelve a ser soltero, puesto que legalmente, soltero es el que nunca se ha casado. Su estado civil, por lo tanto, es el de divorciado.

    ¿Cuánto cuesta un divorcio express en Brea de Aragón? Un divorcio de acuerdo mutuo suele valer entre los cien€ (vía on line) hasta los 500 euros vía presencial, precios por persona. En un proceso no amistoso, lo habitual es que el precio oscile entre los 800 euros en adelante dependiendo de la complejidad del procedimiento.

    ¿Se puede hacer un divorcio amistoso si existen o han existido procedimientos de violencia de género entre los esposos? Sí, pero si la instrucción del trámite de violencia de género está abierta, la competencia recaerá en el mismo juzgado que la esté conociendo, no siendo posible en consecuencia, instruirse en los juzgados de primera instancia.

    ¿Hasta qué momento se abona la pensión alimenticia en un divorcio express en Brea de Aragón? La obligación de alimentos para con los hijos menores es recíproca y va más allá de la mayoría de edad. Se comprende que debe seguir la pensión en favor de los menores hasta que estos alcancen la independencia económica, se establece como margen límite admitido los veintiseis años, pero puede prolongarse en aquellos casos formativos de larga duración o bien acortarse por falta compromiso con los estudios o bien el trabajo del ya mayor de edad. Es indispensable que el mayor de edad prosiga radicando con algún progenitor, o excepcionalmente con algún otro familiar de forma justificada (por ejemplo con los abuelos por proximidad al sitio de estudios).

    Póngase en contacto con nosotros…