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Divorcio Exprés con menores en Vilalba 195€ por Cónyuge.

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Sin Hijos

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89€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador e inscripción en el registro civil.

Con Hijos

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195€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador, convenio regulador y registro civil.

Con bienes que repartir

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    Divorcio Express con hijos en Vilalba: Lo Esencial.

    ¿Dónde se presenta una demanda de divorcio exprés en Vilalba? Si estamos frente a un divorcio de mutuo acuerdo, se puede escoger presentar la demanda en el lugar de residencia de cada uno de los cónyuges o bien el de la última residencia familiar, por tanto, podríamos estar en la situación de poder elegir entre 3 lugares diferentes si las partes ya no viven en la que fuera su residencia familiar. Si por el contrario estamos ante un divorcio no amistoso (que no es de acuerdo mutuo) se presenta en el partido judicial del domicilio del último domicilio conyugal o bien el del domicilio del demandado, si no sabemos la dirección del esposo demandado, se debe rogar al juzgado la averiguación del domicilio a efectos de notificación del procedimiento. En el supuesto de que no se le encuentre, se declarará la rebeldía del demandado y el procedimiento proseguirá con las especialidades de esta institución.

    ¿A quién se atribuye el domicilio familiar en un divorcio express en Vilalba? La legislación civil establece que si existen hijos menores, el domicilio familiar debe atribuirse a ellos y al cónyuge con quien estos queden en custodia. Si no hay hijos menores, va a ser para aquel cuya situación sea más vulnerable, siempre y en todo momento de manera excepcional y temporal. En los procesos de acuerdo mutuo, las partes son libres de negociar sobre esta materia, salvo que el Juez estime que los pactos son gravosos para los hijos, en tal caso, dará un plazo de diez días a fin de que las partes modifiquen el convenio regulador y en caso de no hacerlo, su Señoría dispondrá lo que mejor considere para los hijos.

    ¿Qué diferencia existe entre disolver y liquidar la sociedad ganancial en un divorcio exprés en Vilalba? La sociedad ganancial se disuelve por divorcio, separación, nulidad, fallecimiento de alguna de las partes o bien por el hecho de que los cónyuges fijen por capitulaciones otro régimen económico. Ahora bien, una cosa es que la sociedad ganancial se disuelva, que implica que no pueden vincularse a exactamente la misma recursos o deudas a que los bienes y deudas que tuvieran la citada sociedad ganancial se repartan. Al reparto se le denomina “liquidación”. Por lo tanto, desde el divorcio (que, como hemos dicho disuelve la sociedad ganancial) hasta la liquidación de la citada sociedad ganancial, existe una comunidad pos-ganancial.

    ¿Hasta cuándo se abona la pensión alimenticia en un divorcio exprés en Vilalba? La obligación de alimentos para con los hijos menores es recíproca y va más allá de la mayoría de edad. Se comprende que debe proseguir la pensión en favor de los menores hasta que estos alcancen la independencia económica, se establece como margen límite aceptado los 26 años, mas puede prolongarse en aquellos casos formativos de larga duración o acortarse por falta compromiso con los estudios o bien el trabajo del ya mayor de edad. Es imprescindible que el mayor de edad siga residiendo con algún progenitor, o bien excepcionalmente con algún otro pariente de manera justificada (por poner un ejemplo con los abuelos por proximidad al lugar de estudios).

    ¿Qué significa estar casado en régimen de bienes gananciales en un divorcio exprés en Vilalba? Significa que, desde el matrimonio, todos y cada uno de los bienes, derechos, obligaciones o bien deudas van a ser comunes (de la propia sociedad ganancial), salvo prueba en contra. Este régimen económico se aplica por defecto en toda España dónde no rige el derecho foral. Hay Comunidades Autónomas que tienen un derecho foral propio y han alterado el régimen económico por defecto, como son Cataluña y Baleares.

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