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Divorcio Exprés con menores en Puertollano: Lo Imprescindible.
¿Hasta cuándo se abona la pensión alimenticia en un divorcio express en Puertollano? La obligación alimenticia para con los hijos es recíproca y va más allá de la mayoría de edad. Se comprende que debe continuar la pensión en favor de los hijos hasta el momento en que estos alcancen la independencia económica, se establece como margen límite admitido los 26 años, pero puede prolongarse en aquellos casos formativos de larga duración o bien acortarse por falta compromiso con los estudios o el trabajo del ya mayor de edad. Es imprescindible que el mayor de edad continúe radicando con algún progenitor, o bien extraordinariamente con algún otro familiar de forma justificada (por poner un ejemplo con los abuelos por proximidad al sitio de estudios).
¿Siempre hay que fijar pensión alimenticia en la tramitación de un divorcio exprés en Puertollano? Salvo que se trate de una custodia compartida, en el resto de supuestos es obligado fijar una pensión de alimentos en favor de los hijos menores. Además, esta pensión no puede ser compensada con otras deudas o bien cargas que tengan entre los progenitores. Además, al margen de que la custodia sea compartida o bien monoparental, habrá que establecer la manera en la que se costean los gastos extraordinarios, que como norma general van a ser al 50 por cien aunque nada impide que se pacte otra distribución.
¿Qué profesionales intervienen necesariamente en un divorcio exprés en Puertollano? El letrado:es necesario, lleva la dirección técnica del proceso, si estamos ante un divorcio de mutuo acuerdo, el letrado puede ser el mismo para las dos partes, lo que economiza el proceso. El procurador: es el representante de las partes en el procedimiento, es imprescindible, de exactamente la misma manera que sucede con el abogado, si estamos frente a un divorcio amistoso puede compartirse reduciendo importantemente el coste final del proceso. El Juez: interviene en los procesos en los que existen menores o mayores de edad aunque incapacitados judicialmente. El Fiscal: actúa emitiendo un informe cuando existen hijos menores o mayores incapacitados judicialmente, su informe no es vinculante aún así es considerado de un gran peso a la hora de condicionar el criterio del juez. Secretario Judicial: interviene en los procesos en los que no existen menores o bien mayores incapacitados judicialmente. Notario: desde el dos mil quince existe la posibilidad de divorciarse por Notario si no existen menores o bien mayores incapacitados judicialmente.
¿Se puede liquidar la sociedad ganancial en el instante del divorcio en un divorcio express en Puertollano? Si, se puede, y dentro de lo posible, es recomendable hacerlo puesto que de no hacerlo en este momento, deberá asistir posteriormente a un Notario con el gasto que supone o en el caso de que exista disconformodidad, a un proceso judicial. Ahora bien, puede ser que los esposos no deseen discutir sobre el reparto de recursos en el momento de su divorcio y lo pospongan para un instante ulterior. Hasta el momento en que ese situación llegue, como hemos indicado, va a existir una comunidad de bienes post-ganancial que se regirá por las normas establecidas en las comunidades de tipo germánico, lo que supone, que de no estar de acuerdo en la venta de algún bien, este no podrá realizarse. Es decir, no es posible vender “la una parte de cada uno” sin que el otro lo haga.
¿Cuánto hay que abonar de pensión de alimentos en un divorcio express en Puertollano? En los divorcios de mutuo acuerdo lo fijan las unas partes de manera acordada, aunque, existe unos mínimos dependiendo de la renta de cada uno de ellos y el lugar de residencia. En la página web del Consejo General del Poder Judicial hay una calculadora que le puede servir de orientación. Normalmente, no se aceptan pensiónes alimenticias menores a los 100€/150€ por hijo. En los divorcios no amistosos lo fija su Señoría en función de los ingresos de uno y de otro.
¿Qué documentos hacen falta para tramitar un divorcio express en Puertollano? En un divorcio contencioso van a hacer falta todos y cada uno de los documentos que precisos para probar lo que se proponga en la demanda (custodia monoparental, solicitud de pensión alimentcia, solicitud de pensión compensatoria, atribución de la vivienda etc. En un proceso de acuerdo mutuo van a hacer falta estos documentos: certificado de matrimonio, certificado de empadronamiento y certificado de nacimiento de los hijos en caso de que existan, incluso siendo mayores de edad o habiendo fallecido. También es imprescindible aportar un convenio regulador con el contenido indispensable establecido en el artículo noventa del código civil. En el caso de Cataluña, es necesario insertar en el citado convenio regulador un plan de parentabilidad.
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