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Divorcio Exprés con menores Granada 195€ por Cónyuge.

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Sin Hijos

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89€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador e inscripción en el registro civil.

Con Hijos

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195€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador, convenio regulador y registro civil.

Con bienes que repartir

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    Divorcio Express con menores en Granada: Lo Imprescindible.

    ¿Desde qué momento tienen efecto las medidas de un divorcio express en Granada? En los divorcios de acuerdo mutuo desde el momento en que las partes lo establezcan, si no dicen nada, será desde la fecha de la sentencia. Por el contrario, en los divorcios contenciosos desde la fecha de la sentencia salvo la pensión alimenticia a favor de los hijos que se devenga desde la presentación de la demanda.

    ¿Hasta qué momento se abona la pensión alimenticia en un divorcio express en Granada? La obligación de alimentos para con los hijos es recíproca y va más allá de la mayoría de edad. Se comprende que debe seguir la pensión a favor de los hijos hasta que estos alcancen la independencia económica, se establece como margen límite admitido los 26 años, pero puede prolongarse en aquellos casos formativos de larga duración o acortarse por falta compromiso con los estudios o bien el trabajo del ya mayor de edad. Es imprescindible que el mayor de edad continúe radicando con algún progenitor, o extraordinariamente con algún otro pariente de forma justificada (por poner un ejemplo con los abuelos por cercanía al sitio de estudios).

    ¿Qué documentos hacen falta para la tramitación de un divorcio exprés en Granada? En un divorcio contencioso harán falta todos los documentos que precisos para probar lo que se proponga en la demanda (custodia monoparental, requerimiento de pensión de alimentos, solicitud de pensión compensatoria, atribución de la vivienda etc. En un proceso de mutuo acuerdo harán falta los siguientes documentos: certificado de matrimonio, certificado de empadronamiento y certificado de nacimiento de los hijos en el caso de que existan, incluso siendo mayores de edad o habiendo fallecido. También es necesario aportar un convenio regulador con el contenido mínimo establecido en el artículo 90 del código civil. En el caso de Cataluña, es necesario insertar en el citado convenio regulador un plan de parentabilidad.

    ¿Se puede convivir con otra persona en el domicilio asignado judicialmente en un proceso de divorcio en Granada?: Es posible que se haya pactado en el convenio regulador la atribución del uso y disfrute de domicilio conyugal, condicionado a la no ocupación de la misma por otras personas. En esta situación, incumplido este condicionante por el cónyuge o conviviente adjudicatario del empleo al estar conviviendo con tercera persona en el domicilio en cuestión, el interesado puede comenzar la ejecución de la resolución judicial de obligación de no hacer (LEC art.710), debiéndosele requerir para que deshaga lo mal hecho, o sea, para que finalice la convivencia de tercero en el hogar, con indemnización por daños y perjuicios ocasionados, en su caso. Debe tenerse presente que, si el inculpado a no hacer alguna cosa inclumple la resolución juidicial, será requerido a instancia del ejecutante por la parte del letrado de la Administración de Justicia a fin de que deshaga lo mal hecho, si fuera viable, o a fin de que indemnice los daños y perjuicios causados, con apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad judicial (LEC art.710.1).

    ¿Siempre hay que fijar pensión de alimentos en la tramitación de un divorcio express en Granada? Salvo que se trate de una custodia compartida, en el resto de supuestos es obligado fijar una pensión alimenticia a favor de los hijos menores. Además de esto, esta pensión no puede ser compensada con otras deudas o bien cargas que tengan entre los progenitores. Además, al margen de que la custodia sea compartida o monoparental, habrá que establecer la manera en la que se costean los gastos expepcionales, que como norma general van a ser al cincuenta por cien aunque nada impide que se pacte otra distribución.

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