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Divorcio Express con hijos en Girona 195€ por Cónyuge.

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195€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador, convenio regulador y registro civil.

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    Divorcio Express con menores en Girona: Lo Esencial.

    ¿Qué documentos hacen falta para tramitar un divorcio express en Girona? En un divorcio contencioso van a hacer falta todos y cada uno de los documentos que sean necesarios para probar lo que se proponga en la demanda (custodia monoparental, requerimiento de pensión alimentcia, requerimiento de pensión compensatoria, atribución de la residencia etc. En un proceso de acuerdo mutuo harán falta los siguientes documentos: certificado de matrimonio, certificado de empadronamiento y certificado de nacimiento de los hijos caso de que existan, incluso siendo mayores de edad o bien habiendo fallecido. También es indispensable aportar un convenio regulador con el contenido mínimo establecido en el artículo 90 del código civil. En el caso de Cataluña, es necesario incluir en el citado convenio regulador un plan de parentabilidad.

    ¿Dónde se presenta una demanda de divorcio de mutuo acuerdo en Girona? Si estamos ante un divorcio de acuerdo mutuo, se puede escoger presentar la demanda en el lugar de residencia de cada uno de los esposos o el de la última residencia familiar, por consiguiente, podríamos estar en la situación de poder elegir entre tres domicilios distintintos si las partes ya no residen en la que fuera su residencia familiar. Si por el contrario estamos ante un divorcio no amistoso (que no es de acuerdo mutuo) se presenta en el partido judicial del domicilio del último domicilio conyugal o el del domicilio del esposo demandado, si ignoramos la dirección del esposo demandado, se debe rogar al juzgado la averiguación del domicilio a efectos de comunicación del proceso. En el caso de que no se le encuentre, se declarará la rebeldía del demandado y el proceso seguirá con las especialidades de la rebeldía.

    ¿Hasta qué momento se abona la pensión de alimentos en un divorcio exprés en Girona? La obligación alimenticia para con los hijos es recíproca y va mucho más allá de la mayoría de edad. Se entiende que debe seguir la pensión a favor de los hijos hasta el momento en que estos alcancen la independencia económica, se establece como margen límite admitido los veintiseis años, pero puede alargarse en aquellos casos formativos de larga duración o acortarse por falta compromiso con los estudios o bien el trabajo del ya mayor de edad. Es imprescindible que el mayor de edad continúe residiendo con algún progenitor, o extraordinariamente con algún otro pariente de forma justificada (por ejemplo con los abuelos por proximidad al sitio de estudios).

    ¿Hay siempre y en todo momento que fijar pensión alimenticia en la tramitación de un divorcio exprés en Girona? Salvo que se trate de una custodia compartida, en el resto de supuestos es obligado fijar una pensión alimenticia a favor de los hijos menores. Además, esta pensión no puede ser compensada con otras deudas o cargas que tengan entre los progenitores. Además, aparte de que la custodia sea compartida o bien monoparental, habrá que establecer la forma en la que se sufragan los gastos expepcionales, que como norma serán al 50 por ciento aunque nada impide que se acuerde otra distribución.

    ¿Se puede pedir la ejecución de una sentencia de divorcio express en Girona? Con carácter general, para solicitar la ejecución de una sentencia, esta tiene que ser firme, pero sino lo es, se puede pedir la ejecución provisional de la misma. En los casos de divorcio, separación o nulidad marital, no es posible la ejecución temporal del divorcio o la separación pero si de las medidas que se hayan acordado, por servirnos de un ejemplo la atribución de la vivienda o bien la pensión alimenticia.

    ¿Qué diferencia existe entre disolver y liquidar la sociedad ganancial en un divorcio exprés en Girona? La sociedad ganancial se disuelve por divorcio, separación, nulidad, fallecimiento de ciertas partes o bien pues los cónyuges estipulen por capitulaciones otro régimen económico. Ahora bien, una cosa es que la sociedad ganancial se disuelva, que implica que no pueden vincularse a la misma recursos o deudas a que los bienes y deudas que tuviesen la citada sociedad ganancial se repartan. Al reparto se le define “liquidación”. Por consiguiente, desde el divorcio (que, como hemos dicho disuelve la sociedad ganancial) hasta la liquidación de la misma, existe una comunidad post-ganancial.

    ¿A quién se atribuye el domicilio familiar en un divorcio exprés en Girona? La legislación de aplicación establece que si existen hijos menores, el domicilio familiar debe atribuirse a ellos y al cónyuge con quien estos queden en custodia. Si no hay hijos menores, va a ser para aquel cuya situación sea más frágil, siempre y en todo momento excepcionalmente y temporal. En los procesos de acuerdo mutuo, las partes son libres de negociar sobre esta materia, salvo que el Juez estime que los pactos son dañosos para los hijos, en tal caso, dará un plazo de diez días para que las partes cambien el convenio regulador y en caso de no hacerlo, el Juez dispondrá lo que mejor considere para los hijos.

    ¿Qué es un Convenio Regulador dentro de un un divorcio exprés en Girona? Se trata de un documento necesario en los divorcios amistosos en el que las partes establecen de manera acordada las condiciones que van a regir su separación. No existe, por consiguiente, en los divorcios no amistosos. Su contenido mínimo viene concretado en el artículo 90 del código civil.

    ¿Se puede convivir con otra persona en el domicilio asignado judicialmente en un proceso de divorcio en Girona?: Cabe que se haya pactado en convenio la atribución del uso y disfrute de domicilio conyugal, condicionado a la no ocupación de exactamente la misma por terceras personas. En este caso, infringido este extremo por el cónyuge o conviviente adjudicatario del uso al estar conviviendo con tercera persona en la vivienda en cuestión, el perjudicado puede iniciar la ejecución de la resolución judicial de obligación de no llevar a cabo (LEC art.710), debiéndosele requerir para que deshaga lo mal hecho, es decir, a fin de que termine la convivencia de tercero en la citada residencia, con indemnización por daños y perjuicios ocasionados, en su caso. Debe tenerse en cuenta que, si el condenado a no realizar alguna cosa quebranta la resolución juidicial, va a ser requerido a instancia del ejecutante por parte del letrado de la Administración de Justicia a fin de que deshaga lo mal hecho, si fuera viable, o para que indemnice los daños y perjuicios causados, con apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad judicial (LEC art.710.1).

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