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Custodia Compartida en Vegas del Genil criterios actuales de concesión
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Custodia Compartida en Vegas del Genil criterios actuales de concesión.
–La opinión manifestada por los hijos de edad en la solicitud de custodia compartida en Vegas del Genil: La voluntad, manifestada de forma razonada, debe ser un criterio muy relevante a tener en cuenta, dada la posible resistencia de los hijos a aquella manera de guarda y custodia que no resulta acorode a sus gustos esenciales y la complejidad de ejecutar fielmente esta clase de resoluciones judiciales. La opinión de los hijos puede ser conocida por medio de su audiencia directa (lo más recomendable), por la manifestación concorde de ambos padres, o por lo expresado a los expertos judiciales en el seno de un informe pericial o dictamen de especialista independiente.
–”Ganas” para ejercer la custodia en la solicitud de custodia compartida en Vegas del Genil: Este criterio hace mención, a la existencia en la vida de cada padre de unas condiciones laborales, condiciones de conciliación de la vida laboral y familiar, vivienda, apoyo familiar o bien del contexto más próximo, etc… que hagan posible el conveniente ejercicio de las labores propias de la guarda y custodia (cuidar de los hijos, atenderlos en la realización de las tareas ordinarias de la vida diaria, y intentarles un ambiente de seguridad y estabilidad que haga posible su positivo desarrollo). Se trata de condiciones objetivas (espacio adecuado para los hijos en los domicilios respectivos de los progenitores, localización de tales domicilios y distancia entre ellos y con respecto al lugar de estudios, horarios laborales de cada progenitor, turnos de trabajo, etc…) que facilitan o bien impiden una guarda o custodia compartida, en tanto posibilitan o imposibilitan la organización que requiere una convivencia regular y continuada con un hijo o bien hija menor. En este sentido, es esencial tener en cuenta los cambios y sacrificios llevados a cabo tras la rotura de hecho de la pareja por cada progenitor a fin de acceder a unas condiciones de trabajo, habitacionales y de toda clase que favorezcan el ejercicio de las labores propias de la guarda y custodia. La ausencia clara de esa disponibilidad con motivo de domicilio, horarios laborales o bien inestabilidad personal puede excluir a ese padre como guardador.
-La actitud de los progenitores en la solicitud de custodia compartida en Vegas del Genil: Este criterio hace referencia a la actitud que cada progenitor muestra cuando tiene que aceptar sus deberes y respetar los derechos del otro. Debería valorarse con prudencia la predisposición de cada progenitor para cooperar con el otro, llegar a pactos en todos y cada uno de los asuntos que se refieran a los hijos e hijas, tener a estos al margen del posible problema de pareja, y promover una relación estable y sana con el otro progenitor, su núcleo familiar y, en su caso, su nueva pareja o núcleo familiar (progenitor «generoso»).
– Existencia de enfrentamiento entre los progenitores en tanto tenga incidencia sobre el menor en la solicitud de custodia compartida en Vegas del Genil: Debe superarse la idea de que cualquier evento de conflictividad o mala relación entre los padres excluye la guarda o bien custodia compartida. Se parte de la idea de que una enorme mayoría de las roturas de pareja (desde luego todas y cada una las que llegan a un procedimiento no amistoso) llevan aparejado un cierto grado de problemática entre las partes. Lo esencial en este punto es indagar si el nivel de problemática es tal que implica una interrupción total de los canales de diálogo entre los padres, de suerte que no es posible comunicación de ninguna clase entre ellos para reflexionar sobre los temas ordinarios que afectan a sus hijos e hijas, o bien si esa problemática elevada está siendo traspasada por ciertos progenitores a los hijos, de suerte que se ven inmersos de forma directa en ella, o si esa problemática se convierte en enfrentamientos directos o bien eventos de violencia. En estos casos la problemática en la relación de los padres puede convertirse en impedimento a la custodia compartida, habida cuenta que por su naturaleza se trata de un régimen de colaboración entre los padres, esencialmente incompatible con las situaciones expuestas. En estos casos, debe prestarse relevante atención a la contribución de cada uno de los padres a esa situación de alta problemática y falta de comunicación a la hora de determinar el régimen de custodia de los hijos.
-La edad de los hijos en la solicitud de custodia compartida en Vegas del Genil: Es en especial relevante con respecto a hijos de corta edad en los que se desaconsejan repartos de tiempo prolongados entre uno y otro progenitor y, por tanto, sin contacto con el otro.
-Capacidad, destreza y habilidad de los padres en la solicitud de custodia compartida en Vegas del Genil: La destreza puede definirse como un factor descartante de la custodia si uno de los progenitores no dispone de las condiciones personales necesarias para ejercer apropiadamente la guarda o bien custodia por la presencia de alguna {enfermedad|trastorno mental|drogodependencia, o patología que acreditadamente impida o bien impida el ejemplar ejercicio de las funciones propias de la guarda de hijos. La destreza hacen referencia a las habilidades personales de cada progenitor para el ejercicio de las diferentes funciones parentales, para garantizar el bienestar de los menores y facilitarles un ambiente adecuado a su edad y circunstancias. No se ponen en cuestión cuando cada padrereconoce en el otro esa capacidad, habilidad y destreza. Si se cuestionan por alguno de los padres la capacidad, habilidad o bien aptitud del otro/a resultan pretinentes los informes periciales, o informes de hospitales, servicios médicos y también sociales.