Laborconsulting Abogados
Custodia Compartida en San Agustín del Guadalix criterios actuales de concesión
Si va a divorciarse de Mutuo Acuerdo en San Agustín del Guadalix consulte nuestra oferta desde 89€ por cónyuge todo incluido. Abogados Colegiados desde 1992. Prestamos servicio en San Agustín del Guadalix y en toda España. Estos son nuestros precios…
Sin Hijos
89€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador e inscripción en el registro civil.
Con Hijos
195€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador, convenio regulador y registro civil.
Con bienes que repartir
+125€ adicionales por cónyuge. En muchas ocasiones no es necesario liquidar los bienes.
Solicítenos información
Se la enviaremos a la mayor brevedad por correo electrónico
Laborconsulting Abogados
Custodia Compartida en San Agustín del Guadalix criterios actuales de concesión.
-Capacidad, destreza y habilidad de los padres en la solicitud de custodia compartida en San Agustín del Guadalix: La habilidad puede definirse como un factor descartante de la custodia si uno de los progenitores no dispone de las condiciones personales precisas para ejercer apropiadamente la guarda o custodia por la presencia de alguna {enfermedad|trastorno mental|drogodependencia, o bien patología que acreditadamente impida u impida el adecuado ejercicio de las funciones propias de la guarda de hijos. La destreza hacen referencia a las habilidades personales de cada progenitor para el ejercicio de las diversas funciones parentales, para garantizar el bienestar de los menores y facilitarles un ambiente adecuado a su edad y circunstancias. No se cuestionan cuando cada padrereconoce en el otro esa capacidad, habilidad y aptitud. Si se cuestionan por alguno de los padres la capacidad, habilidad o bien aptitud del otro/a resultan procedentes los informes periciales, o informes de centros de salud, servicios médicos y también sociales.
–La voluntad manifestada por los hijos en la solicitud de custodia compartida en San Agustín del Guadalix: La opinión, expresada de forma razonable, ha de ser un criterio muy relevante a tener en cuenta, dada la posible resistencia de los hijos a aquella forma de guarda y custodia que no resulta acorode a sus preferencia y la complejidad de ejecutar fielmente este tipo de resoluciones judiciales. La opinión de los hijos puede ser conocida por medio de su audiencia directa (lo más recomendable), por la manifestación concorde de los dos padres, o por lo expresado a los expertos judiciales en el seno de un informe pericial o dictamen de especialista independiente.
-La actitud de los padres en la solicitud de custodia compartida en San Agustín del Guadalix: Este criterio hace referencia a la actitud que cada padre muestra en el momento de aceptar sus deberes y respetar los derechos del otro. Debería valorarse con prudencia la predisposición de cada padre para cooperar con el otro, llegar a pactos en todos los asuntos que se refieran a los hijos e hijas, tener a estos al lado del posible problema de pareja, y promover una relación estable y sana con el otro progenitor, su núcleo familiar y, en su caso, su nueva pareja o núcleo familiar (progenitor «generoso»).
-Arraigo social y familiar de los hijos en la solicitud de custodia compartida en San Agustín del Guadalix: Se trata de un criterio de valoración dirigido a impedir a los hijos e hijas el problema, añadido al inherente al cambio en su vida que supone la ruptura de la pareja, que supondría el tener que romper con lo que hasta ese momento ha sido su contexto «extenso» de seguridad.