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Custodia Compartida en Balaguer criterios actuales de concesión
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Custodia Compartida en Balaguer criterios actuales de concesión.
–”Ganas” para ejercer la custodia en la solicitud de custodia compartida en Balaguer: Este criterio hace expresión, a la existencia en la vida de cada progenitor de unas condiciones laborales, condiciones de conciliación de la vida laboral y familiar, residencia, apoyo familiar o del ambiente más cercano, etc… que hagan posible el adecuado ejercicio de las labores propias de la guarda y custodia (cuidar de los hijos, atenderlos en la realización de las labores ordinarias de la vida diaria, y intentarles un entorno de seguridad y estabilidad que haga posible su adecuado desarrollo). Se trata de condiciones objetivas (espacio adecuado para los hijos en los domicilios respectivos de los progenitores, localización de semejantes domicilios y distancia entre ellos y con respecto al lugar de estudios, horarios laborales de cada progenitor, turnos de trabajo, etc…) que facilitan o impiden una guarda o custodia compartida, en tanto posibilitan o imposibilitan la organización que requiere una convivencia regular y continuada con un hijo o bien hija menor de edad. En este sentido, es importante tener en cuenta los cambios y sacrificios llevados a cabo tras la rotura de hecho de la pareja por cada padre a fin de acceder a unas condiciones de trabajo, habitacionales y de toda tipología que favorezcan el ejercicio de las tareas propias de la guarda y custodia. La ausencia clara de esa disponibilidad con motivo de domicilio, horarios laborales o inestabilidad personal puede excluir a ese progenitor como guardador.
–La voluntad manifestada por los hijos en la solicitud de custodia compartida en Balaguer: La voluntad, manifestada de forma razonable, debe ser un criterio muy relevante a tener en cuenta, dada la posible resistencia de los hijos a aquella forma de guarda y custodia que no resulta acorode a sus gustos esenciales y la complejidad de ejecutar fielmente este tipo de resoluciones judiciales. La voluntad de los hijos puede ser conocida por medio de su audiencia directa (lo más recomendable), por la manifestación concorde de los dos padres, o bien por lo expresado a los expertos judiciales en el seno de un informe pericial o bien dictamen de especialista independiente.
-La edad de los hijos en la solicitud de custodia compartida en Balaguer: Es singularmente relevante en relación a hijos de corta edad en los que se desaconsejan repartos de tiempo prolongados entre uno y otro padre y, por tanto, sin contacto con el otro.
– Existencia de conflicto entre los padres en tanto tenga incidencia sobre el menor en la solicitud de custodia compartida en Balaguer: Debe superarse la idea de que cualquier evento de conflictividad o bien mala relación entre los padres excluye la guarda o custodia compartida. Se parte de la idea de que una enorme mayoría de las interrupciones de pareja (desde luego todas y cada una las que llegan a un procedimiento no amistoso) llevan aparejado un cierto grado de problemática entre las partes. Lo esencial en este punto es descubrir si el nivel de problemática es tal que implica una interrupción total de los canales de diálogo entre los padres, de suerte que no es posible comunicación de ninguna clase entre ellos para reflexionar sobre los temas ordinarios que afectan a sus hijos e hijas, o bien si esa problemática elevada está siendo trasmitida por alguno de los progenitores a los hijos, de suerte que se ven inmersos de forma directa en ella, o bien si esa problemática se convierte en enfrentamientos directos o eventos de violencia. En estos casos la problemática en la relación de los progenitores puede convertirse en impedimento a la custodia compartida, habida cuenta que por su propia naturaleza se trata de un régimen de colaboración entre los progenitores, esencialmente incompatible con las situaciones expuestas. En estos casos, debe prestarse singular atención a la contribución de cada uno de los padres a esa situación de alta problemática y falta de comunicación a la hora de determinar el régimen de custodia de los hijos.
-La actitud de los progenitores en la solicitud de custodia compartida en Balaguer: Este criterio hace referencia a la actitud que cada padre muestra cuando tiene que ejercer sus deberes y respetar los derechos del otro. Debería valorarse en especial la predisposición de cada padre para cooperar con el otro, llegar a negociaciones en todos los asuntos que se refieran a los hijos e hijas, considerar a estos al margen del posible problema de pareja, y promover una relación estable y sana con el otro progenitor, su núcleo familiar y, en su caso, su nueva pareja o bien núcleo familiar (padre «generoso»).
-Arraigo social y familiar de los hijos en la solicitud de custodia compartida en Balaguer: Se trata de un criterio de valoración dirigido a impedir a los hijos e hijas el problema, añadido al inherente al cambio en su vida que supone la ruptura de la pareja, que supondría el tener que romper con lo que hasta ese momento ha sido su contexto «extenso» de protección.