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Divorcio Express en Sevilla: Lo Básico.
¿Qué profesionales intervienen necesariamente en un divorcio exprés en Sevilla? El abogado:es necesario, lleva la dirección técnica del proceso, si estamos frente a un divorcio de acuerdo mutuo, el letrado puede ser el mismo para las dos partes, lo que economiza el proceso. El procurador: es el representante de las partes en el proceso, es imprescindible, de exactamente la misma manera que sucede con el letrado, si estamos frente a un divorcio de acuerdo mutuo puede compartirse reduciendo importantemente el precio final del proceso. El Juez: interviene en los procedimientos en los que existen menores o mayores pero incapacitados judicialmente. El Fiscal: actúa emitiendo un informe cuando existen menores o mayores incapacitados judicialmente, su informe no es vinculante aún así goza de un gran peso a la hora de condicionar el criterio del juez. Secretario Judicial: interviene en los procesos en los que no existen menores o mayores incapacitados judicialmente. Notario: desde el 2015 existe la posibilidad de separarse por Notario si no existen menores o mayores incapacitados judicialmente.
¿Dónde se presenta una demanda de divorcio express en Sevilla? Si estamos frente a un divorcio de mutuo acuerdo, se puede escoger presentar la demanda en el lugar de residencia de cada uno de los esposos o bien el de la última residencia familiar, por consiguiente, podríamos estar en la situación de poder seleccionar entre 3 lugares distintintos si las partes ya no radican en la que fuera su residencia familiar. Si por el contrario estamos frente a un divorcio no amistoso (que no es de acuerdo mutuo) se presenta en el partido judicial del domicilio del último domicilio conyugal o el del domicilio del esposo demandado, si no conocemos la dirección del esposo demandado, se debe rogar al juzgado la indagación del domicilio a efectos de puesta en conocimiento del proceso. En el caso de que no se le encuentre, se declarará la rebeldía del del esposo demandado y el proceso continuará con las especialidades de la rebeldía.
¿Cuánto tarda un divorcio exprés en Sevilla? Puede ocurrir que estemos ante un proceso de mutuo acuerdo o bien ante un proceso contencioso, las diferencias son substanciales en todos y cada uno de los aspectos. En caso de que estemos frente a un divorcio de acuerdo mutuo puede tramitarse el proceso completo antes de 3 meses, en ciertos casos fáciles (sin hijos ni bienes comunes) aun mucho más rápido. En un divorcio contencioso, la tramitación no suele ser inferior a los nueve meses. En todo caso, el tiempo de resolución de un procedimiento de divorcio depende de la carga del juzgado donde recaiga el asunto. Hay juzgado más ágiles y otros más lentos. Esto jamás dependerá ni del procurador ni del letrado dado que el juzgado no se puede elegir, se designa por reparto en los que actúen en la demarcación judicial competente.
¿Qué es lo que significa estar casado en régimen de bienes gananciales en un divorcio express en Sevilla? Significa que, desde el matrimonio, todos y cada uno de los activos, derechos, obligaciones o bien deudas van a ser comunes (de la propia sociedad ganancial), salvo prueba en contra. Este régimen económico se aplica por defecto en toda España dónde no rige el derecho foral. Hay Comunidades Autónomas que tienen un derecho foral propio y han cambiado el régimen económico por defecto, como son Cataluña y Baleares.
¿Siempre hay que fijar pensión alimenticia en la tramitación de un divorcio express en Sevilla? Salvo que se trate de una custodia compartida, en el resto de supuestos es obligado fijar una pensión de alimentos a favor de los hijos menores. Además de esto, esta pensión no puede ser compensada con otras deudas o cargas que tengan entre los progenitores. Además, aparte de que la custodia sea compartida o bien monoparental, habrá que establecer la manera en la que se costean los gastos extraordinarios, que como norma van a ser al cincuenta por cien pero nada impide que se pacte otra distribución.
¿Qué documentos hacen falta para la tramitación de un divorcio express en Sevilla? En un divorcio contencioso van a hacer falta todos y cada uno de los documentos que precisos para probar lo que se proponga en la demanda (custodia monoparental, petición de pensión de alimentos, petición de pensión compensatoria, atribución de la vivienda etc. En un procedimiento de mutuo acuerdo harán falta estos documentos: certificado de matrimonio, certificado de empadronamiento y certificado de nacimiento de los hijos caso de que existan, incluso siendo mayores de edad o bien habiendo fallecido. Asimismo es indispensable aportar un convenio regulador con el contenido indispensable establecido en el artículo 90 del código civil. En el caso de Cataluña, es necesario insertar en el citado convenio regulador un plan de parentabilidad.
¿Se puede solicitar la ejecución de una sentencia de divorcio exprés en Sevilla? Con carácter general, para solicitar la ejecución de una sentencia, ésta debe ser firme, sino lo es, se puede pedir la ejecución provisional de la misma. En los casos de divorcio, separación o nulidad matrimonial, no es posible la ejecución temporal del divorcio o la separación pero en cambio si de las medidas que se hayan acordado, por servirnos de un ejemplo la atribución de la vivienda o bien la pensión de alimentos.
¿Desde qué momento tienen efecto las medidas de un divorcio exprés en Sevilla? En los divorcios amistosos desde el momento en que las partes lo establezcan, si no dicen nada, va a ser desde la fecha de la sentencia. Por el contrario, en los divorcios no amistosos desde la expedición de la sentencia salvo la pensión de alimentos a favor de los hijos que se devenga desde la presentación de la demanda.
¿Hasta qué momento se abona la pensión alimenticia en un divorcio exprés en Sevilla? La obligación de alimentos para con los hijos es recíproca y va más allá de la mayoría de edad. Se comprende que debe continuar la pensión a favor de los menores hasta que estos alcancen la independencia económica, se establece como margen límite admitido los 26 años, pero puede alargarse en aquellos casos formativos de larga duración o bien acortarse por falta compromiso con los estudios o bien el trabajo del ya mayor de edad. Es indispensable que el mayor de edad continúe radicando con algún progenitor, o bien extraordinariamente con algún otro familiar de manera justificada (por poner un ejemplo con los abuelos por proximidad al sitio de estudios).
¿De qué manera se acredita un divorcio en Sevilla? Un divorcio se acredita con un certificado de matrimonio donde figure (como inscripción lateral del mismo) la disolución del del vínculo matrimonial. En algunos supuestos bastará con la sentencia, decreto o escritura de divorcio (según la expida un magistrado, un secretario judicial o un notario). Lo mismo ocurre en el supuesto de que se quiera acreditar una separación previa. El divorciado no vuelve a ser soltero, puesto que legalmente, soltero es el que jamás ha contraído matrimonio. Su estado civil, por lo tanto, será el de divorciado.
¿Qué coste tiene un divorcio express en Sevilla? Un divorcio amsitoso suele valer entre los 100 euros (vía en línea) hasta los quinientos€ vía presencial, honorarios por persona. En un proceso contencioso, lo normal es que el costo varíe entre los 800€ en adelante en función de la complejidad del procedimiento.
¿Qué es un Convenio Regulador dentro de un un divorcio exprés en Sevilla? Se trata de un documento imprescindible en los divorcios amistosos en el que las partes fijan de forma acordada las condiciones que van a regir su separación. No existe, por lo tanto, en los divorcios contenciosos. Su contenido indispensable viene establecido en el artículo noventa del código civil.
¿Se puede llevar a cabo un divorcio de mutuo acuerdo si existen o han existido procesos de violencia de género entre los cónyuges? Sí, pero si la instrucción del trámite de violencia de género está abierta, la competencia recaerá en el mismo juzgado que la esté conociendo, no pudiendo en consecuencia, instruirse en los juzgados de primera instancia.
¿Qué sucede si desea hacer un divorcio exprés en Sevilla aunque mi esposa o esposo reside en otra provincia o incluso en el extranjero? Si su esposa o esposo vive en otra provincia y le resulta gravoso su desplazamiento para aprobar un divorcio amistoso, se puede solicitar el auxilio judicial y pedirle al juzgado que conozca el procedimiento que remita un exhorto al juzgado del domicilio de la otra parte para que ésta ratifique en su sitio de residencia. Si su esposa o bien esposo radica en el extranjero, puede conceder un poder en favor del procurador a fin de que éste le represente en el instante de la ratificación, el meritado poder tiene que ser especial y se pide en la sección de Notariado del Consulado más próximo al lugar de residencia del esposo en el extranjero.
¿Qué es un divorcio express en Sevilla? El término puede llevar a equívoco, no se denomina divorcio express por su velocidad de tramitación sino por el hecho de que desde la reforma del dos mil cinco ya no hace falta estar separado un tiempo para acceder al divorcio, es decir, desde la reforma del dos mil cinco se puede acceder de forma directa a la petición de divorcio sin pasar por la separación legal anterior como ocurría con anterioridad a la meritada reforma.
¿Es posible convivir con otra persona en el domicilio atribuido judicialmente en un proceso de divorcio en Sevilla?: Cabe que se haya pactado en convenio la atribución del uso y disfrute de domicilio conyugal, condicionado a la no ocupación de la misma por terceras personas. En este caso, infringido este condicionante por el esposo o conviviente adjudicatario del uso al estar conviviendo con tercera persona en el domicilio en cuestión, el perjudicado puede comenzar la ejecución de sentencia de obligación de no realizar (LEC art.710), debiéndosele solicitar a fin de que deshaga lo mal hecho, es decir, para que cese la convivencia de tercero en el domicilio, con indemnización por daños y perjuicios ocasionados, en su caso. Debe tenerse presente que, si el inculpado a no realizar alguna cosa inclumple la sentencia, será requerido a instancia del ejecutante por parte del letrado de la Administración de Justicia a fin de que deshaga lo mal hecho, si fuera viable, o a fin de que indemnice los daños y perjuicios ocasionados, con apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad judicial (Ley de Enjuiciamiento Civil art.710.1).
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