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Abogado Divorcio Cangas 89€ por Cónyuge.
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Sin Hijos
89€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador e inscripción en el registro civil.
Con Hijos
195€ por Cónyuge, todo incluido, abogado, procurador, convenio regulador y registro civil.
Con bienes que repartir
+125€ adicionales por cónyuge. En muchas ocasiones no es necesario liquidar.
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Abogados para divorcio Exprés en Cangas
¿Qué es un divorcio exprés en Cangas? El término puede llevar a confusión, no se denomina divorcio express por su rapidez de tramitación sino porque desde la modificación del 2005 ya no es necesario estar separado un tiempo para acceder al divorcio, esto es que, desde la reforma del dos mil cinco se puede acceder directamente a la solicitud de divorcio sin pasar por la separación legal previa como sucedía con anterioridad a la mentada reforma.
¿Se puede liquidar la sociedad ganancial en el instante del divorcio en un divorcio exprés en Cangas? Si, se puede, y dentro de lo posible, es recomendable hacerlo puesto que de no hacerlo ahora, va a deber acudir posteriormente a un Notario con el gasto que supone o bien en el caso de que exista desacuerdo, a un proceso judicial. Ahora bien, puede que los esposos no quieran discutir sobre el reparto de recursos en el momento de su divorcio y lo pospongan para un instante ulterior. Hasta que ese momento llegue, como hemos indicado, existirá una comunidad de recursos post-ganancial que se regirá por las condiciones establecidas en las comunidades de tipo germánico, lo que supone, que de no estar conforme en la venta de algún bien, este no va a poder realizarse. O sea, no es posible vender “la parte de cada uno” sin que el otro esté conforme.
¿Desde qué momento tienen efecto las medidas de un divorcio exprés en Cangas? En los divorcios de acuerdo mutuo desde el instante en que las partes lo negocien, si no dicen nada, será desde la fecha de la sentencia. Por el contrario, en los divorcios que no sean de mutuo acuerdo desde la expedición de la sentencia salvo la pensión de alimentos a favor de los hijos menores que se devenga desde la presentación de la demanda.
¿A quién se atribuye el domicilio familiar en un divorcio express en Cangas? El código civil establece que si existen hijos menores, el domicilio familiar debe atribuirse a ellos y al cónyuge con quien estos queden en custodia. Si no hay hijos menores, va a ser para aquel cuya situación sea más vulnerable, siempre y en toda circunstancia de manera excepcional y temporal. En los procesos de mutuo acuerdo, las partes son libres de negociar sobre esta materia, salvo que el Juez estime que los pactos son dañosos para los hijos, en cuyo caso, otorgará un plazo de diez días a fin de que las partes cambien el convenio regulador y en el caso de no hacerlo, el Juez dispondrá lo que mejor considere para los menores.
¿Qué sucede si desea hacer un divorcio express en Cangas pero mi esposa o esposo reside en otra provincia o incluso también en el extranjero? Si su esposa o bien esposo vive en otra provincia y le resulta costoso su desplazamiento para ratificar un divorcio de acuerdo mutuo, se puede pedir el socorro judicial y rogarle al juzgado que conozca el procedimiento que remita un exhorto al juzgado del domicilio de la otra parte a fin de que ésta ratifique en su lugar de residencia. Si su esposa o bien esposo radica en el extranjero, puede expedir un poder a favor del procurador para que éste le represente en el momento de la ratificación, el citado poder tiene que ser especial y se solicita en la sección de Notariado del Consulado más próximo al lugar de residencia del esposo en el extranjero.
¿Hasta cuándo se abona la pensión alimenticia en un divorcio express en Cangas? La obligación alimenticia para con los hijos es recíproca y va mucho más allá de la mayoría de edad. Se entiende que debe seguir la pensión a favor de los hijos menores hasta que estos alcancen la independencia económica, se establece como margen límite admitido los 26 años, pero puede prolongarse en aquellos casos formativos de larga duración o acortarse por falta compromiso con los estudios o el trabajo del ya mayor de edad. Es imprescindible que el mayor de edad siga radicando con algún progenitor, o bien excepcionalmente con algún otro pariente de forma justificada (por servirnos de un ejemplo con los abuelos por proximidad al sitio de estudios).
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